1. SENTRY
SENTRY Servicios de Seguridad Integral y Privada, SL es una empresa de Seguridad que ofrece sus servicios a nivel autonómico (Cataluña).
SENTRY ofrece sus servicios de Vigilancia a través de un equipo de profesionales altamente cualificados.
La motivación constante para llegar a la excelencia lleva a SENTRY a elaborar este código ético, dirigido a todas las personas o entidades que puedan tener relaciones internas o externas con la empresa
2. PERSONAS DESTINATARIAS
El presente código ético está destinado a la dirección, la representación legal de los trabajadores, proveedores, trabajadores, auditores, así como el resto de personal que desarrolla su actividad, sea cual sea su categoría o tipo de contrato, indefinido o temporal.
Todas las personas físicas o jurídicas que se relacionan con SENTRY tienen la obligación de conocer este código y actuar de acuerdo con lo que en él se dispone, así como notificar por escrito a los organismos de control que corresponda, las infracciones, potenciales o ya producidas, de qué sean conocedoras.
3. PRINCIPIOS ÉTICOS
Mediante este código ético se pretende poner por escrito las normas de conducta que la empresa ha seguido desde el inicio de la su actividad a fin de tomar decisiones responsables y éticas.
Las reglas de conducta que establece este código ético son las que se describen a continuación y tienen que ser observadas por los destinatarios en las relaciones empresariales tanto internas como externas.
3.1. RELACIONES EXTERNAS DE LA EMPRESA
Los destinatarios deben actuar respetando la legalidad y los valores éticos.
Quedan terminantemente prohibidos las prácticas corruptivas para obtener ventajas para uno mismo o para otros.
SENTRY se compromete a aplicar una política anticorrupción en sintonía con los convenios internacionales y leyes nacionales.
Los proveedores deben ser escogidos según parámetros objetivos, teniendo en cuenta aspectos como la competencia, la relación entre la calidad del bien y el servicio ofrecido, la equidad en el precio, etc.
Las relaciones con las autoridades y las administraciones públicas deben guiarse por el principio de transparencia y cooperación y mantener un nivel máximo de integridad y no injerencia.
Los pagos y cobros en efectivo iguales o superiores a los dos mil quinientos euros quedan prohibidos.
3.2. RELACIONES INTERNAS DE LA EMPRESA
3.2.1. Respecto a la actividad desarrollada por la empresa
La actividad desarrollada por la empresa debe estar marcada por la máxima corrección, transparencia y respeto a la legalidad.
La actividad será coherente con los principios de ese código ético y con la política Interna existente.
No se admite la libre interpretación de las reglas de comportamiento descritas en este código ético en sus relaciones de negocio.
Se buscará la máxima transparencia contable, fundada en la corrección y fiabilidad de la documentación y registros contables practicados.
Dada su condición de empresa de servicios, SENTRY debe velar por la actitud de toda la plantilla y por la prestación de un servicio de calidad y respetuoso con los clientes.
Del mismo modo, el personal de SENTRY está obligado a informar a los responsables de cualquier incidencia que se produzca durante el servicio.
3.2.2. Tratamiento de las informaciones reservadas
SENTRY y sus trabajadores y miembros se comprometen a velar por la confidencialidad de las informaciones reservadas relativas a los destinatarios, actuando según lo establecido en la ley sobre la privacidad y evitando usos impropios.
Se consideran informaciones reservadas las relacionadas con datos, productos, listados de clientes, márgenes y precios de venta y cualquier otro aspecto que forme parte del patrimonio de conocimientos de SENTRY para el desarrollo de su negocio.
3.2.3. Respeto al centro de trabajo
Los destinatarios de este código ético son directamente responsables del cuidado, conservación y eficiencia de los recursos, tanto materiales como inmateriales, que SENTRY o el cliente pone a su disposición para desarrollar su actividad.
Ninguno de estos recursos (infraestructuras de bienes y servicios, dependencias, instalaciones, equipos, programas, etc.) debe ser utilizado para fines propios sin el debido consentimiento.
Por lo que respecta a los sistemas informáticos y/o telemáticos, quedan particularmente prohibidos el acceso abusivo a estos sistemas y la difusión no permitida de códigos de acceso, la difusión de dispositivos o programas dirigidos a dañarlos,
Se prohíbe el uso de software no expresamente autorizado, sin licencia o de procedencia ilícita.
Con el fin de garantizar el respeto a la propiedad intelectual propia y ajena, se prohíbe el uso de patentes, copyright, marcas comerciales y secretos industriales para usos distintos de SENTRY sin autorización formal.
3.2.4. Respecto a la relación del personal entre sí
Toda la plantilla debe ser tratada con el mismo respeto y es considerada igual en lo que se refiere a igualdad de oportunidades, condiciones de trabajo o relaciones humanas. Ningún trabajador puede ser discriminado por razones de raza, género, religión, procedencia, nivel académico, ideología, edad o de cualquier otro tipo.
Se velará por que exista un ambiente de colaboración, tolerancia y respeto entre los trabajadores en los que predominen los intereses comunes.
Se deben evitar a cualquier precio actuaciones que puedan ser consideradas acoso laboral (mobbing), acoso sexual a trabajadores, clientes o proveedores.
3.2.5. Actuación frente al acoso sexual y por razón de sexo
La empresa rechaza cualquier tipo de acoso sexual y/o por razón de sexo y se compromete a actuar ante cualquier denuncia, estableciendo un protocolo concreto de actuación y contando con personal cualificado y especializado al que dirigirse en caso de ser víctima o testigo de tal acoso.
3.2.6. Principios éticos en las relaciones con el personal
SENTRY garantiza la imparcialidad y equidad en la selección, contratación, formación y gestión de sus recursos humanos, ofreciendo las mismas oportunidades a toda la plantilla y prohibiendo conductas que sean discriminatorias.
Se garantiza el derecho de sindicación, el respeto a la diversidad, la igualdad de oportunidades y el derecho a la intimidad, y se rechaza y condena el acoso en el puesto de trabajo.
Asimismo, se fomentará una política de prevención de riesgos laborales y de seguridad e higiene en el trabajo, que respete el descanso de los trabajadores y colaboradores y que propicie la conciliación de la vida familiar y laboral.
4. ORGANISMO DE CONTROL
La Gerencia de SENTRY para asegurarse el cumplimiento y efectividad de los principios de este código:
– Fomentará la difusión, conocimiento y cumplimiento del código ético.
– Recibirá consultas o sugerencias relacionadas con la interpretación o aplicación práctica de los principios del código.
Así mismo, pone a disposición de cualquier persona relacionada con la empresa de un Canal de Denuncias donde el Responsable del Canal se ocupará de la tramitación de los expedientes, de la investigación y de la resolución de las denuncias presentadas.
5. VIOLACIÓN DEL CÓDIGO ÉTICO Y SISTEMA SANCIONADOR
El incumplimiento de lo dispuesto en este Código, así como de cualesquiera otras normas internas de SENTRY, podrá implicar la aplicación de las oportunas medidas sancionadoras, todo ello de conformidad con lo establecido en el Estatuto de los Trabajadores, los Convenios Colectivos de aplicación, y demás normativa laboral aplicable.
6. ADOPCIÓN, ACTUALIZACIÓN Y MODIFICACIÓN DEL CÓDIGO ÉTICO
Se establece como fecha de adopción de este código ético el día 8 de septiembre de 2023, día a partir del cual será de aplicación.
Este código ético ha sido aprobado por la gerencia de la empresa y será actualizado anualmente con las sugerencias aprobadas.